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Seguros de Reponsabilidad Patronal y Empresarial

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Responsabilidad Empresarial y Patronal
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Alcance del Seguro de Responsabilidad Patronal:
Este seguro ampara las prestaciones indemnizatorias derivadas de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) y que el patrono Asegurado se encuentre obligado a pagar a sus trabajadores, trabajadoras o derechohabientes por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
Coberturas:
Básica: Indemnización de acuerdo al título VIII Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta oficial Nº 5.152 del 19 de Junio de 1997.

1- Muerte del trabajador o trabajadora.
2- Incapacidad absoluta y permanente para el trabajo.
3- Incapacidad absoluta y temporal para el trabajo.
4- Incapacidad parcial y permanente.
5- Incapacidad parcial y temporal.
6- Gastos de Entierro.
7- Gastos médicos-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios.

Para efectos de accidentes laborales el trabajador estará cubierto desde que sale de su casa al trabajo, durante las horas laborales y desde que sale del trabajo hasta llegar a su casa.

En el momento en que el trabajador necesite los servicios médicos debido a un accidente laboral o a una enfermedad de trabajo con sólo llamar al 0-800-DEPRISA, se le asignará un código que le permitirá el ingreso a cualquier clínica del país y así recibir la asistencia requerida.

Esta póliza es declarativa. El empleador asegurado deberá informar mensualmente las variaciones que ocurran en su nómina. La prima a cancelar se establecerá en base a los salarios de los trabajadores.
Alcance del seguro de Responsabilidad Empresarial:

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Este seguro ampara las prestaciones indemnizatorias derivadas de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) y que el empleador o empleadora asegurado se encuentre obligado a pagar a sus trabajadores, trabajadoras o derechohabientes por accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales que ocurran como consecuencia de la violación de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Coberturas:
Básica: Indemnización de acuerdo al título VIII Artículos Nº 130 y 71 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Gaceta Oficial Nº 38.236 del 26 de Julio de 2005.

1- Muerte del trabajador o trabajadora: El salario integral correspondiente a no menos de 5 años ni más de 8 años contados por días continuos.
2- Discapacidad absoluta y permanente para cualquier tipo de actividad laboral: El salario integral correspondiente a no menos de 4 años ni más de 7 años contados por días continuos.
3- Discapacidad total permanente para el trabajo habitual: El salario integral correspondiente a no menos de 3 años ni más de 6 años contados por días continuos.
4- Discapacidad parcial permanente mayor del 25% de su capacidad física o intelectual para la profesión u oficio habitual: El salario integral correspondiente a no menos de 2 años ni más de 5 años contados por días continuos.
5- Discapacidad parcial permanente hasta el 25% de su capacidad física o intelectual para la profesión u oficio habitual: El salario integral correspondiente a no menos de 2 años ni más de 5 años contados por días continuos.
6- Discapacidad: El doble del salario integral correspondiente a los días de reposo.
7- Gran discapacidad asociada a la discapacidad absoluta: El triple del salario integral correspondiente a los días que hubiere durado la discapacidad.
8- Gran discapacidad, asociada a la discapacidad temporal: Será equiparable a la muerte del trabajador o trabajadora.
9- Secuelas o deformaciones permanentes, Artículo Nº 71: Equivalente al salario integral de 5 años contando los días continuos.
10- Responsabilidad del empleador por negligencia.
11- Asistencia legal y defensa penal.

Como podrán observar, la importancia de estas coberturas es evidente, ya que en cualquier momento un hecho inesperado podría afectar el patrimonio de su empresa. Pero no sólo eso, sino que también les permitirá cumplir de manera eficiente y realmente económica, con la responsabilidad que se tiene con los trabajadores.

Ser previsivo nos proporciona tranquilidad, las decisiones tomadas a tiempo nos pueden ahorrar mucho dinero y preocupaciones.
Si deseas hacer alguna consulta o cotización escríbeme o llámame, gustosamente te atenderé personalmente, por e-mail o chat y prepararé un plan a la medida de tus necesidades.
Teléfono Celular: 0414-7194334

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